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PROHIBICIÓN DEL PACTO DE
LA CUOTA LITIS
La Audiencia nacional da la razón a la Abogacía
respecto a la prohibición del pacto de la Cuota Litis. En sentencia de 27 de
junio de 2005 la Audiencia Nacional acordó estimar el recurso interpuesto por el
Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) contra la resolución del Tribunal
de Defensa de la Competencia de fecha 26 de septiembre de 2002, que impuso al
CGAE una multa de 180.000 euros, por imputarle la comisión de una infracción
tipificada en el artículo 1.1 de la Ley 16/1989 de Defensa de la Competencia,
consistente en el establecimiento de honorarios mínimos, impidiendo que los
servicios se fijen libremente por negociación entre abogado y cliente.
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