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  CREADA LA FIGURA DEL ABOGADO DEL ESTADO JEFE EN CADA COMUNIDAD AUTÓNOMA

* Este nuevo cargo servirá para coordinar la acción jurídica del Estado en sus niveles provincial y autonómico

* Esta nueva figura se crea por la necesidad de adaptar la Abogacía General del Estado-Servicio Jurídico del Estado al modelo de Estado de las Autonomías

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica el Servicio Jurídico del Estado, lo que se traducirá en la creación de la figura del Abogado del Estado-Jefe en cada Comunidad Autónoma, que se ubicará en la correspondiente Delegación del Gobierno.

Esta medida mejorará la coordinación de la asistencia jurídica y el apoyo a las Abogacías de Estado provinciales. Asimismo, este nuevo cargo se configura como un escalón organizativo, hasta ahora inexistente, y servirá para coordinar la acción jurídica del Estado en sus niveles provincial y autonómico.

Su creación favorecerá un mayor grado de cumplimiento de los objetivos del servicio de asistencia jurídica, que ha de estar presidida por la agilidad, la calidad y la unidad de doctrina, que garantiza el Abogado General del Estado.

Funciones

En cada Comunidad Autónoma el Abogado del Estado-Jefe será el responsable de la coordinación de la asistencia jurídica periférica de la Administración General del Estado, así como del apoyo a las Abogacías del Estado provinciales. Además, le corresponderá la dirección de los asuntos de trascendencia supraprovincial y el asesoramiento a la Delegación del Gobierno en la respectiva Comunidad Autónoma, así como la asistencia a la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado en la formación de criterios unitarios de interpretación y actuación.

Si las especialidades de configuración de los Tribunales Superiores de Justicia o de los órganos objeto de asesoramiento así lo requieren, se podrá atribuir parte de las funciones y competencias del Abogado del Estado-Jefe en la Comunidad Autónoma a otro Abogado del Estado respecto de todo o parte del territorio de dicha Comunidad.


Reorganización

La organización del Servicio Jurídico del Estado ha tenido tradicionalmente una estructura provincial, bajo la dirección centralizada del Abogado General del Estado.

Pese a que la organización de la Abogacía General del Estado y de la planta judicial responde en gran parte a un esquema provincial, este hecho no podía ser óbice a la consideración de que la existencia de las Comunidades Autónomas tiene que ser reconocida organizativamente en un servicio del Estado.

La inclusión de esta figura a nivel autonómico se acomoda al hecho de que hay un órgano único de representación del Gobierno en las Comunidades: el Delegado del Gobierno. Asimismo, hay que destacar el papel que los Tribunales Superiores de Justicia de las Comunidades Autónomas desempeñan culminando la organización territorial de la Comunidad Autónoma.

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